Contratación Pública. La administración de contratos; una herramienta de la empresa para maximizar beneficios y minimizar riesgos
José Antonio Fernández
La adquisición de bienes, contratación de servicios, arrendamiento de bienes muebles y de ejecución de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que para el cumplimiento de sus fines realizan las entidades públicas integran lo que formalmente se conoce como contratación pública.
Desde el punto de vista del sector público, la importancia de la contratación pública, como un sistema legal y metodológicamente articulado, radica en que permite satisfacer las necesidades públicas mediante la adquisición de toda clase de bienes y servicios, arrendamiento de bienes muebles y ejecución de obra pública, en las mejores condiciones posibles de oportunidad y precio, en un ambiente de rendición de cuentas que, a la vez, permite la libre concurrencia de proveedores.
Si se amplía el punto de vista, en lo que a México corresponde, las compras públicas, es decir, la contratación pública, representan alrededor de un cinco por ciento del producto interno bruto, que en 2022 alcanzó un aproximado de 18.3 billones de pesos[1], lo cual presenta un incentivo económico para los diversos sectores productivos del país y del extranjero.
Desde esta otra perspectiva la proveeduría de bienes, servicios, arrendamientos de bienes muebles y obras públicas al sector público, representa un nicho de oportunidades francamente atractivo para las empresas mexicanas.
Sin embargo, el entramado de disposiciones legales y administrativas, así como una enorme maraña de políticas, bases, lineamientos, manuales, mecanismos, sistemas, etc., en que se encuentra inmersa la contratación pública en México, hace indispensable contar con el acompañamiento de una gama de especialistas que faciliten y hagan efectiva una operación de proveeduría al sector público.
Pero, si lo anterior no fuera suficientemente complejo, debe agregarse que cada ámbito de gobierno en México tiene sus particularidades cuando de contratación pública se trata, sin contar, además, que cada institución pública, federal, estatal o municipal, sea autónoma, centralizada o descentralizada, dadas sus competencias y fines específicos, implica la necesidad de saberes y experiencias determinadas cuando lo que se provee son servicios especializados.
En un contexto como el descrito, a las empresas proveedoras de bienes, servicios y arrendamientos de bienes muebles, así como aquellas especializadas en la ejecución de obras públicas, les resulta de enorme utilidad contar con acompañamiento especializado y multidisciplinario en las disposiciones que rigen los procesos de contratación pública, desde su inicio y en cualesquiera de sus modalidades, hasta la celebración del contrato respectivo, por una parte; así como en el marco de atribuciones y funciones propio de la entidad pública de que se trate.
Quienes colaboramos en esta Firma, atentos al muy particular contexto en el que se desenvuelve la contratación pública por sí misma considerada, así como a las muy específicas particularidades que en su funcionamiento muestran los diversos entes gubernamentales a los que se encomienda la prestación de los servicios públicos de agua y saneamiento, tanto en lo concerniente a las compras públicas como en su relación con otras autoridades, sus proveedores de bienes y servicios y las personas usuarios de los mencionados servicios públicos, nos hemos dado a la tarea de estructurar una forma especial de acompañamiento que genere soluciones que nazcan del conocimiento directo de la problemática real que enfrentan nuestros clientes, yendo a la raíz misma del problema, lo más alejados posible de las soluciones de “receta”.
Finalmente, un plus de nuestros servicios es el acompañamiento en la administración del contrato, concepto éste que en su origen y desenvolvimiento es propio de las entidades públicas contratantes, al que hemos reorientado a fin de proporcionar a las empresas contratistas el acompañamiento en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en tiempo y forma, pero también manteniendo una constante revisión de la actividad de la parte contratante a efecto de prever probables incumplimientos a sus obligaciones, excesos en el ejercicio de sus derechos, desvíos en el ejercicio de cláusulas exorbitantes e, inclusive, deficiencias en el cumplimiento de obligaciones ante otras instancias públicas, que eventualmente puedan afectar los interés de la parte proveedora.